Compraventa inmobiliaria - Prorrogo las arras penitenciales
Usted suscribió un contrato de arras penitenciales para vender un inmueble que otorgaba un plazo para escriturar. Ahora el interesado le dice que necesita más tiempo y usted no quiere perder la oportunidad. Vea cómo prorrogar las arras.
Arras penitenciales. Recuerde que las arras penitenciales son aquellas que permiten tanto al vendedor como al comprador echarse atrás y desistir de la operación, es decir, resolver el contrato. ¡Atención! Ahora bien, si lo hace el comprador, éste pierde la cantidad entregada, y si lo hace el vendedor, éste debe devolverla duplicada. En consecuencia, usted lo que debe decidir ahora es si resuelve el contrato y se queda con las arras o si le concede más tiempo. Para ello, tenga en cuenta tanto el motivo de la demora como su propia situación y la del mercado.
Pasos previos
Motivo. El primer paso antes de tomar una decisión definitiva será confirmar con el interesado en comprar cuál es el motivo de la demora y cuánto tiempo extra necesita. Apunte. Las posibles causas podrían ser:
- Mera burocracia . Puede tratarse de un tema burocrático (por ejemplo, un extranjero que esté esperando el NIE, o bien que el banco no haya podido tasar la vivienda o deba realizar algún trámite interno). Apunte. Por tanto, será fácil determinar el tiempo extra necesario; además, a usted le convendrá esperar si no le urge la venta o no le importa esperar este plazo, pues se acabará firmando.
- Financiación . Pero la causa más habitual suele ser la concesión de la financiación. En este terreno le conviene ser más cauteloso: esta persona puede que no llegue a conseguirla si no da el perfil, por lo que usted estará perdiendo el tiempo si le prorroga las arras. Apunte. Pídale que le acredite si lo que ocurre es que tiene la financiación concedida y está negociando con el banco mejores condiciones; si lo hace, lo más probable es que se acabe firmando. Si no tiene financiación, usted correrá más riesgo.
Sus intereses. Además de las razones que mueven al interesado a pedir una prórroga, estudie también el estado del mercado y considere cuánto tiempo le ha llevado encontrar este comprador. Apunte. En función de ello podrá valorar si le conviene continuar con esta operación o si es preferible quedarse con el dinero y buscar un nuevo comprador.
Si decide prorrogar
Contrapartida. A cambio de conceder usted el nuevo plazo para escriturar, solicite que le sea entregada una nueva cantidad en concepto de arras. De este modo el interesado muestra su buena voluntad y predisposición. ¡Atención! Tenga en cuenta que esta cantidad pasará a formar parte de las arras totales, que usted podrá retener o, en caso de desistimiento, deberá devolver doblada.
Contrato. Si decide prorrogar las arras, deberá suscribir otro contrato haciendo alusión al anterior y concediendo más plazo. ¡Atención! Además de las cláusulas específicas que les pueda interesar pactar, el contenido mínimo de dicho contrato de prórroga deberá incluir las siguientes menciones:
- Motivo . Especifiquen el motivo por el cual se da la necesidad de prorrogar el contrato.
- Nuevo plazo . Determinen el nuevo plazo por el que se concede la prórroga. Apunte. A estos efectos, sea estricto con el comprador: exija que le justifique el plazo extra que necesita y concédale lo mínimo imprescindible para forzarlo a escriturar cuanto antes.
- Nueva cantidad . Incluyan el importe que se le entrega en concepto de prórroga de las arras.
Contenido de LEFEBVRE-EL DERECHO, S.A.
Si le interesa, usted puede conceder una prórroga del contrato de arras penitenciales mediante la fijación de un nuevo plazo para escriturar y a cambio de una nueva cantidad, que se sumará a la ya entregada y pasará a engrosar el montante total de arras.CONTENIDO RELACIONADO
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